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TEPJF confirma la revisión de requisitos por parte del comité de evaluación del proceso de consejerías del INE Destacado

13 Abr 2026
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TEPJF confirma la revisión de requisitos por parte del comité de evaluación del proceso de consejerías del INE Imagen tomada de: https://www.te.gob.mx/

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió distintas impugnaciones presentadas contra el Comité Técnico de Evaluación de la Cámara de Diputados con motivo de la exclusión de distintas personas aspirantes en el proceso de renovación de consejerías del Instituto Nacional Electoral (INE) ante el incumplimiento de requisitos previstos en la Convocatoria. Destaca que el pleno, por mayoría de votos, confirmó la decisión del Comité al considerar que fue correcta.

 

Las personas actoras acudieron ante la Sala Superior al considerar que sí cumplieron con exhibir la documentación exigida, en términos de la convocatoria respectiva y por lo tanto se vulneró su derecho a participar por una de las tres vacantes del pleno del Consejo General del INE, al haberlos excluido.

 

En sesión pública, las magistraturas determinaron que las personas aspirantes no atendieron a las directrices establecidas desde la convocatoria en las que se previó la documentación que tenían obligación de cargar por orden, cronológicamente y en apartados diseñados para cada requisito, además, en algunos asuntos no se desahogaron las prevenciones realizadas para subsanar errores, siendo solo esto posible en la primera etapa de registro (SUP-JDC-180/2026; SUP-JDC-181/2026; SUP-JDC-182/2026 y SUP-JDC-184/2026 acumulado; SUP-JDC-183/2026; SUP-JDC-188/2026; SUP-JDC-192/2026; SUP-JDC-193/2026).

 

Destaca que esta máxima instancia electoral, a propuesta de la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, le dio la razón al Comité Técnico de Evaluación al excluir a una persona del proceso por presentar documentación certificada por una institución académica y no por una autoridad notarial como se exigió en la convocatoria, que —se precisó—, es quien cuenta con la fe pública delegada por el Estado para otorga certeza jurídica sobre la autenticidad de la documentación, aunado a que otra documentación solo fue presentada en copia simple (SUP-JDC-186/2026).

 

Finalmente, el pleno de la Sala Superior decidió que las impugnaciones presentadas en contra de la autoadscripción a grupos vulnerables de distintos aspirantes eran improcedentes, pues quien promovió no sufrió alguna afectación a un derecho propio al no ser aspirante ni haber sido afectado en el proceso de selección (SUP-JDC-185/2025; SUP-JDC-195/2026; SUP-JDC-196/2026 y acumulado; SUP-JDC-194/2026 y SUP-JDC-197/2026 acumulados; SUP-JDC-200/2025; SUP-JDC-202/2028, respectivamente).

 

En consecuencia, esta autoridad jurisdiccional en materia electoral, con la sesión pública celebrada para resolver los asuntos vinculados con el proceso de designación de consejerías del INE, cumple con su deber y da certeza sobre los aspirantes que continúan en las subsecuentes etapas de participación.

 

Con información de: https://www.te.gob.mx/

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El apunte del director

  • Agosto 2026

    NO A LA CENSURA

    La libertad de expresión y el derecho a la información no son concesiones graciosas del gobierno ni privilegios de periodistas, concesionarios, conductores o propietarios de medios. Son derechos fundamentales de los ciudadanos y pilares indispensables de cualquier régimen que pretenda llamarse democrático.

    Por eso, desde todos los frentes debemos decir con absoluta claridad: no a la censura.

    El debate sobre los derechos de las audiencias puede parecer, en principio, una discusión técnica relacionada con las obligaciones de los medios electrónicos y las facultades regulatorias del Estado. No lo es. Cuando desde el poder se pretende establecer criterios sobre cómo deben presentarse los contenidos, diferenciar información de opinión o determinar qué puede considerarse adecuado, equilibrado o veraz, aparece inevitablemente una pregunta: ¿quién vigila al vigilante?

    Porque una cosa es defender legítimamente los derechos de las audiencias —recibir información plural, distinguir publicidad de contenidos informativos, proteger a niñas, niños y adolescentes o contar con mecanismos de réplica— y otra muy diferente abrir la puerta para que una autoridad administrativa termine convertida en árbitro de la verdad.

    La Constitución protege la libre manifestación de las ideas y el derecho a buscar, recibir y difundir información. Bajo ninguna circunstancia la defensa de las audiencias debe convertirse en el caballo de Troya para imponer controles editoriales, inhibir opiniones críticas o generar mecanismos de autocensura entre periodistas y medios de comunicación.

    La libertad de expresión también protege las opiniones incómodas, las investigaciones que molestan al poder y las preguntas que los funcionarios preferirían no responder.

    Si el oficialismo pretende elevar el estándar de responsabilidad de los medios de comunicación, debería comenzar por casa.

    Todos los días, desde las conferencias matutinas del gobierno federal, se utiliza una formidable plataforma de comunicación financiada con recursos públicos. Desde allí se informa, se fija agenda, se responde a cuestionamientos y se construye la narrativa gubernamental. Pero también se descalifica a críticos, periodistas, empresarios, organizaciones civiles y adversarios políticos.

    Las conferencias gubernamentales no son espacios privados ni programas partidistas. Son ejercicios oficiales de comunicación pública y, precisamente por ello, deberían encontrarse entre los primeros obligados moral y políticamente a respetar el derecho ciudadano a recibir información verificable, completa y diferenciada de la propaganda.

    Si se exige rigor a una televisora o radiodifusora, el mismo principio tendría que aplicarse a quien habla desde un atril oficial.

    Si se demanda distinguir claramente entre información y opinión, habría que preguntarse cuántas veces en las mañaneras se mezclan datos oficiales con apreciaciones políticas, acusaciones, interpretaciones partidistas y señalamientos contra terceros.

    Si se reclama información veraz a los medios, el gobierno tendría que asumir exactamente la misma responsabilidad cuando presenta cifras, estadísticas o versiones de acontecimientos que después pueden ser confrontadas con información pública.

    Y si verdaderamente se pretende proteger a las audiencias, entonces habría que comenzar por reconocer que los millones de ciudadanos que diariamente reciben información desde Palacio Nacional también son audiencia y poseen exactamente los mismos derechos.

    No puede existir un derecho de las audiencias para los medios privados y otro para la comunicación gubernamental.

    Tampoco puede existir una verdad oficial certificada por el Estado.

    La historia latinoamericana está llena de gobiernos que comenzaron hablando de democratizar la comunicación, combatir abusos mediáticos o garantizar información responsable y terminaron construyendo instrumentos para presionar económicamente, sancionar administrativamente o silenciar políticamente a las voces incómodas.

    México no puede recorrer ese camino.

    Los excesos de los medios deben combatirse con derecho de réplica, códigos de ética, defensorías de audiencias, transparencia y mecanismos jurídicos claramente delimitados. Las falsedades deben confrontarse con hechos. Los abusos deben someterse a la ley. Pero las opiniones no pueden quedar sujetas al criterio político de funcionarios o burócratas.

    Mucho menos cuando el propio gobierno es uno de los principales actores de la disputa pública.

    La libertad de expresión pierde sentido si solamente protege a quienes coinciden con el poder. Su verdadera importancia aparece cuando garantiza el derecho a cuestionarlo.

    Por eso resulta indispensable que periodistas, medios, organizaciones civiles, universidades, especialistas y ciudadanos permanezcan atentos ante cualquier disposición que pueda transformarse en una herramienta de control editorial.

    Defender la libertad de expresión no significa defender los errores, excesos o intereses de los medios. Significa defender el derecho de los ciudadanos a escuchar todas las voces y decidir por sí mismos en quién creer.

    La democracia necesita mejores medios, pero también necesita mejores gobiernos y una comunicación pública sometida al mismo escrutinio que pretende imponer a los demás.

    Si desde el poder quieren hablar seriamente del derecho de las audiencias, adelante.

    Pero que empiecen por casa.

    Que transparenten, documenten y sustenten lo que se afirma desde las tribunas oficiales. Que respeten la crítica. Que respondan las preguntas incómodas. Que distingan información pública de propaganda política.

    Y, sobre todo, que entiendan algo elemental: El gobierno no es propietario de la verdad ni puede convertirse en censor de quienes lo cuestionan.

    Frente a cualquier intento de controlar la información, venga de donde venga, la respuesta de una sociedad democrática debe ser inequívoca:

    No a la censura. Sí a la libertad de expresión. Sí al derecho de los ciudadanos a estar informados.